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Ganancias: desde qué sueldo se paga, qué pasa con el aguinaldo y en qué casos hay devolución
A partir del 1° de junio de este 2022, entró en vigencia la nueva normativa dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con sus respectivas modificaciones en cuanto al impuesto a las Ganancias.
De esta forma, los trabajadores que perciban un salario mensual de hasta $280.792 dejarán de pagar el tributo, que antes de la actualización alcanzaba a quienes cuenten con remuneraciones mensuales desde los $225.397.
Esta resolución, permite excluir del cálculo del Impuesto a las Ganancias al medio aguinaldo que se abonará en las próximas semanas. Por su parte, las personas alcanzadas por el impuesto con remuneraciones mensuales de entre $280.792 y $324.182 tendrán una reducción en su carga tributaria.
Cabe destacar que para liquidar el Sueldo Anual Complementario se calcula el impuesto antes de que se cobre el aguinaldo. De esta manera, los trabajadores que debían pagar el impuesto a las Ganancias con el esquema previo vienen liquidando 1/6 del aguinaldo desde el primer mes del año.
La reglamentación dispuesta por la AFIP fija el monto de $280.792 sobre el promedio de remuneraciones del primer semestre como piso para que el aguinaldo quede exento. Así las cosas, el beneficio es retroactivo y habrá una devolución del monto retenido a aquellos contribuyentes que lo hayan abonado y en la actualidad no superen la remuneración mensual establecida.