La Cámara Federal cerró la causa contra Pettovello

La Justicia confirmó que no hubo delito en la transferencia de fondos al PNUD para alimentos. Rechazaron la apelación fiscal y ratificaron el archivo.

25-02-2026 - Por Crítica Argentina

La Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó de manera definitiva el cierre de la causa que investigaba a la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, por presuntas irregularidades en la transferencia de fondos destinados a la compra de alimentos para comedores comunitarios.

El expediente analizaba envíos de recursos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en el marco del proyecto “Abordaje Comunitario del Plan Nacional Argentina contra el Hambre”, y concluyó que las operaciones fueron lícitas, ordenadas y ajustadas a derecho.

La decisión fue adoptada por la Sala I del tribunal de alzada, integrada por los jueces Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, quienes rechazaron el recurso presentado por el fiscal Franco Picardi.

De este modo, quedó firme el archivo dictado en julio de 2025 por el juez de primera instancia Ariel Lijo, quien ya había determinado que no existía delito alguno.


El origen de la denuncia y los montos cuestionados


La causa se inició a partir de una denuncia presentada por el abogado Leonardo Martínez Herrero, que cuestionaba una decisión administrativa adoptada en febrero de 2024.

Según la acusación, la ministra habría autorizado la transferencia de más de 14.000 millones de pesos al programa ejecutado junto al PNUD, superando el tope de 2.700 millones de pesos permitido sin intervención de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

También se señalaba un supuesto costo de gestión del 3% cobrado por el organismo internacional.

El fiscal sostuvo que:

  • 5.271 millones de pesos fueron adjudicados mediante licitación pública.

  • 8.308 millones de pesos restantes fueron reasignados dentro del mismo programa.

Estos puntos motivaron la investigación judicial, que finalmente fue descartada por falta de elementos penales.


Qué evaluó la Cámara Federal


Al rechazar la apelación, los camaristas pusieron el foco en informes técnicos y jurídicos clave. Entre ellos, el de la Oficina Nacional de Contrataciones, que estableció que la operatoria estaba excluida del régimen general de contrataciones, al tratarse de un convenio internacional con una entidad de derecho público internacional.

El juez Mariano Llorens sostuvo que los cuestionamientos basados en la Ley de Administración Financiera perdían relevancia frente a la documentación incorporada, que demostraba que la transferencia:

  • Se realizó dentro del régimen específico del programa.

  • Respetó pautas y controles propios del “Abordaje Comunitario”.

  • No estaba alcanzada por las normas invocadas en la denuncia original.


Un programa vigente y con controles desde 2020


Por su parte, Bruglia y Bertuzzi remarcaron que el programa investigado se encuentra vigente desde 2020 y contempla mecanismos formales de fiscalización y rendición de cuentas.

Recordaron además que la Revisión “C”, aprobada en agosto de 2023, habilitó de forma subsidiaria y excepcional la intervención del PNUD para la compra de alimentos, especialmente ante proyectos estatales fallidos o ineficaces.

El tribunal también valoró dictámenes internos favorables, entre ellos:

  • El del Servicio Jurídico Permanente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia.

  • El informe de la Subsecretaría Legal del Ministerio, que otorgó su conformidad expresa.


Documentación y conclusión final


En la causa se incorporaron:

  • Resoluciones ministeriales.

  • Órdenes de compra.

  • Remitos y actas de recepción.

  • Auditorías externas y controles financieros.

Con ese respaldo, los camaristas concluyeron que “no hubo desviación del objeto público, ni beneficio personal, ni perjuicio al erario”, y que no se detectaron irregularidades en el manejo de las sumas involucradas.

En consecuencia, la Sala I confirmó el archivo definitivo de la causa al considerar que la prueba reunida descartaba cualquier conducta penalmente relevante.